DESCUBRE LEYENDAS

Legendario Literario Hispánico del siglo XIX

Proyecto I+D Ministerio de Economía y Competitividad FFI 2013-43241R

Publicación

Recuerdos de un viaje por España, 1849. vol. 1. pág. 43.

Acontecimientos
Jura de Santa Gadea
Personajes
El Cid, rey Alfonso VI
Enlaces

Begue-Clavel, B. Historia pintoresca de las religiones, doctrinas, ceremonias, usos y costumbres religiosas de todos los pueblos del mundo antiguos y modernos.M. Jordan, 1843. 150

García, Mari Carmen. La jura de Santa Gadea: canto épico del siglo XIII: edición y estudio de las prosificaciones historiográficas. University of California, Davis, 1996.

 

LOCALIZACIÓN

SANTA AGUEDA PARROQUIA BURGOS

Valoración Media: / 5

El cerrojo de Santa Águeda

Antes de subir al castillo, entramos en la iglesia de San Martin, que es de las más antiguas, y no tiene otra particularidad más que la de estar cincelada en ella la vara de medir de Burgos; también visitamos la parroquia de Santa Águeda llamada antes de Santa Gadea, donde es fama que Rodrigo de Vivar tomó juramento al rey don Alonso VI de no haber tenido parte en la muerte de su hermano don Sancho el II, asesinado por Bellido Dolfos en el cerco de Zamora. La tradición supone formulado el juramento del rey sobre el cerrojo de la puerta principal de la iglesia, con cuyo motivo llegaron a ser tantos los cuentos absurdos y tal la superstición del pueblo, que el obispo don fray Pascual de la Fuente, se vio precisado a mandar deshacer el cerrojo [1]y tomar serias providencias para combatir las disparatadas fábulas y ridículas patrañas de que había sido objeto.
 Esta medida atajó el mal, pero no lo curó radicalmente, y la prueba es que todavía una pobre mujer que nos pidió limosna a la puerta del templo, nos aseguró con la mayor formalidad, que todos los días a media noche se oyen en sus bóvedas unos ruidos espantosos y que más de una vez se han visto en el cancel, las sombras del Cid y del rey, en la misma aptitud que tenían cuando el famoso juramento. Tal es la fuerza de la preocupación cuando una vez se apodera de las gentes sencillas, dispuestas siempre a patrocinar cuanto a su imaginación se presenta revestido con el irresistible atractivo de lo maravilloso. Por lo demás la iglesia de Santa Águeda, solo es recomendable por su antigüedad y por un bellísimo sepulcro que encierra de la época del renacimiento.
 
FUENTE:  Mellado, Francisco de Paula,  Recuerdos de un viaje por España, 1849. vol. 1. pág. 43.
 
 
NOTAS

[1] Gadea es una corrupción de Águeda con la felicidad de sonar mejor que el primitivo. No sucede así siempre como cuando corrompen Saturnino en Zaornil. La puerta de la parroquia de Santa Gadea, que es ya viejísima, se ve clavado en la parte superior de una de sus hojas un cerrojo, que pudo muy bien haber servido en esta puerta, atentido su tamaño y comparado con el cerrojo que actualmente sirve en ella. Sobre aquel cerrojo, digámoslo así condenado, es tradición que cuando estaba en su uso tomó el Cid juramento al Rey Don Alonso el VI de no haber sido cómplice en la muerte alevosa que dio Bellido Dolfos al Rey Don Sancho estando en el cerco de Zamora. El Padre Flórez dudó prudentemente de este hecho, fundándose en que la crónica del Cid no dice que el Rey jurase sobre aquel cerrojo sino sobre los evangelios y añade que »acaso la gente vulgar acostumbraba a poner las manos en aquel cerrojo de la iglesia para solemnizar sus juramentos, y supusieron que allí fue el citado Rey Don Alfonso VI. Lo cierto es, concluye, que en esto hubo alguna vulgaridad intolerable: porque el mismo autor » (Prieto), escribe que el Señor Obispo Ampudia, de la entrada del siglo XVI mandó quitar y deshacer aquel cerrojo, y esto  supone algún desorden.  Véase aquí un asunto curioso que merecía una disertación histórico-legal, en que se ilustrase aquella costumbre de jurar sobre el cerrojo, su fórmula, y los abusos que en ello hubo de haber, puesto que su abolición llegó á ser un objeto de las leyes del Reino. En la ley 67 de Toro se prohibió aquella costumbre con extensión a otros juramentos locales, como en San Vicente de  Ávila, San Isidro de León, y otras iglesias juraderas. Aun antes  de las leyes de Toro por Real cédula de Enero de 1498 fecha en Ocaña se habían ya prohibido tales juramentos: y si acaso aquella cédula no surtió todo el efecto, se tuvo por conveniente repetir la prohibición en la ley de Toro” (Isidoro Bosarte, Viaje artístico a varios pueblos de España, con el juicio de las Obras de lastres nobles artes que en ellos existen, y épocas a que pertenecen, vol.1 Imprenta Real, 1804, vol.1. p.247-248).